Guía laboral práctica

Fin de contrato temporal y preaviso

Cuando un contrato de duración determinada supera un año, la parte que denuncia su terminación debe preavisar con al menos quince días. Ese dato no resuelve por sí solo si la causa temporal era válida ni qué indemnización o reclamación procede.

Responsable editorial Pérez & Burgos Abogados Actualizado el 18 de agosto de 2026

Lo esencial antes de actuar

  • Comprobar modalidad, causa escrita y duración real.
  • Revisar si el contrato superó un año y cuándo se comunicó el cese.
  • Separar preaviso, indemnización, finiquito y posible despido.
  • Proteger el plazo de impugnación si se discute la extinción.

El preaviso no convalida el contrato

Que la empresa avise con quince días no convierte en válida una temporalidad sin causa suficiente. Deben contrastarse el contrato, la actividad realmente desarrollada, las prórrogas, la sucesión de contratos y la cobertura de una necesidad estructural.

Documentos y fechas

La carta de fin, el contrato y sus prórrogas, la vida laboral, las nóminas y la descripción del puesto permiten distinguir una terminación temporal correcta de una posible extinción impugnable.

  • Fecha de alta y antigüedad real.
  • Causa temporal indicada.
  • Fecha de comunicación y efectos.
  • Indemnización y cantidades del finiquito.

Cómo se ha elaborado esta guía

Es contenido informativo de alcance general, construido sobre fuentes oficiales y revisado editorialmente para detectar afirmaciones demasiado categóricas. No parte de tus documentos ni sustituye el análisis individual.

Calma puede ordenar tu caso y señalar datos pendientes. Una revisión profesional solo existe cuando el despacho acepta expresamente el asunto. Consulta también nuestras fuentes, metodología y límites.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Faltan quince días y el contrato continúa automáticamente?

No necesariamente. La falta de preaviso puede generar consecuencias económicas, pero hay que revisar modalidad, convenio y conducta posterior de las partes.

¿Todos los contratos temporales tienen indemnización?

No. Depende de la modalidad y de la causa de extinción. Además, una temporalidad fraudulenta puede plantear un problema distinto.

¿Tengo un año para reclamar?

No si se impugna la extinción como despido: puede operar el plazo de caducidad de veinte días hábiles. Las cantidades siguen reglas diferentes.

También te puede interesar