Guía laboral práctica

SMAC o CMAC: papeleta y conciliación laboral

Si vas a reclamar un despido o salarios, identifica qué pides, contra quién y qué plazo tienes. Esta guía explica cuándo acudir al SMAC o CMAC, qué preparar para la conciliación y cómo revisar un acuerdo.

Responsable editorial Pérez & Burgos Abogados Actualizado el 24 de septiembre de 2026

Lo esencial antes de actuar

  • Comprobar si tu modalidad exige conciliación o está exceptuada (art. 64 LRJS).
  • Identificar demandados, centro, fechas, hechos, pretensión y cuantías.
  • La presentación suspende la caducidad e interrumpe la prescripción (art. 65 LRJS).
  • No firmar un acuerdo sin entender pagos, fechas, retenciones y renuncias.

Prepara la papeleta que corresponde a tu reclamación

No es lo mismo reclamar salarios que impugnar un despido. Antes de adaptar un modelo, identifica la acción y comprueba si exige conciliación previa. Si hay despido, distingue también entre improcedencia y posible nulidad.

Cuándo es preceptiva y cuándo no

El artículo 63 LRJS exige el intento de conciliación o mediación antes de la demanda en los procedimientos en que así se determina. El artículo 64 excluye, entre otros, procesos de tutela de derechos fundamentales, vacaciones, materia electoral, impugnación de convenios, movilidad geográfica y modificación sustancial cuando se tramitan por su modalidad específica, o la impugnación de altas médicas, según los supuestos legales.

Antes de presentar hay que identificar la modalidad. No presupongas que una papeleta suspende un plazo cuando el procedimiento está exceptuado: hay que comprobar el supuesto legal. Omitirla cuando es preceptiva puede impedir la admisión si no se subsana.

Efecto sobre caducidad y prescripción (art. 65 LRJS)

La solicitud suspende los plazos de caducidad e interrumpe los de prescripción. En despido, el tiempo consumido no desaparece. La caducidad se reanuda al día siguiente del intento de conciliación o transcurridos quince días hábiles desde la presentación sin celebrarse. La prescripción, cuando se interrumpe, vuelve a empezar en esos momentos: no continúa solo el tiempo restante. A los treinta días hábiles sin acto se tiene por cumplido el trámite, pero no se prolonga por ello la suspensión de la caducidad.

Hay que anotar la fecha y hora de presentación, el resultado del acto y los días hábiles que quedan. La conciliación no es una prórroga indefinida ni un nuevo plazo de veinte días.

  • Fecha inicial del plazo de la acción.
  • Fecha y hora de presentación de la papeleta.
  • Fecha del acto o del transcurso de los quince días.
  • Días hábiles restantes para demandar.

Qué debe ir en la papeleta

La papeleta debe permitir conocer el conflicto y a quién se dirige. En despido: empresa, centro, antigüedad, salario, fecha de efectos, hechos de la carta y pretensión (improcedencia, nulidad, cantidades). En salarios: cada periodo, concepto e importe que ya pueda concretarse.

Si más adelante se amplia la demanda a hechos o pretensiones que no guardan relación con lo conciliado, puede discutirse la adecuación. Por eso conviene incluir desde el inicio los indicios de nulidad o de vulneración de derechos si existen, y no limitar el escrito a una fórmula vacía.

El acto y el acuerdo

La incomparecencia de la empresa suele equivaler a intentada sin efecto y abre el paso a la demanda. La incomparecencia de la persona solicitante puede tener consecuencias sobre la conciliación. Un acuerdo de avenencia es un título que puede llevarse a ejecución; por eso hay que leer pagos, fechas, retenciones, cotización y el alcance de cualquier renuncia.

No firmes un documento que no comprendas o que convierta un despido en baja voluntaria. Si el acuerdo no se cumple, el siguiente paso no es 'volver a negociar' como si nada: el acuerdo conciliatorio tiene fuerza ejecutiva.

Si no puedes acudir al acto

Si quien solicita está debidamente citado y no comparece ni acredita causa justificada, el artículo 66.2 LRJS permite tener la papeleta por no presentada y archivar. Puede comprometer el plazo; comunica y documenta la causa de inmediato.

Identifica el servicio de conciliación competente por territorio, sus canales y la forma de acreditar representación. No basta con descargar una papeleta ni con enviarla a un correo cualquiera.

Cómo se ha elaborado esta guía

Es contenido informativo de alcance general, construido sobre fuentes oficiales y revisado editorialmente para detectar afirmaciones demasiado categóricas. No parte de tus documentos ni sustituye el análisis individual.

Calma puede ordenar tu caso y señalar datos pendientes. Una revisión profesional solo existe cuando el despacho acepta expresamente el asunto. Consulta también nuestras fuentes, metodología y límites.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Todos los procedimientos laborales pasan por el SMAC?

No. El artículo 64 LRJS contempla procedimientos exceptuados. El nombre del órgano (SMAC, CMAC u otro) depende de la comunidad autónoma.

¿Presentar la papeleta concede otros veinte días?

No. Suspende un plazo de caducidad que ya estaba corriendo y se reanuda conforme al artículo 65 LRJS.

¿Puedo ir sin abogado?

La asistencia profesional no siempre es preceptiva en conciliación, pero un acuerdo puede tener consecuencias relevantes y debe entenderse antes de firmarlo.

¿Qué pasa si la empresa no acude?

Lo habitual es que el acto se tenga por intentado sin efecto y quede abierta la vía de demanda, conservando el justificante.

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