Autónomos · IT y accidente de trabajo
Baja médica del autónomo: carencia y porcentajes
En enfermedad común hace falta carencia y los tres primeros días no llevan subsidio. En accidente de trabajo no hay carencia y el 75 % parte, como regla, del día siguiente.
Datos del cálculo
Los campos marcados como necesarios cambian realmente el resultado.
Carencia y porcentajes de la IT del autónomo
En enfermedad común, el autónomo necesita, como regla, 180 días cotizados en los cinco años anteriores. En accidente no laboral no hay carencia, pero se aplica la escala ordinaria: los días 1 a 3 no llevan subsidio, el 60 % va del 4 al 20 y el 75 % desde el 21. En accidente de trabajo o enfermedad profesional tampoco hay carencia y el 75 % parte, como regla, del día siguiente. La prestación por cese de actividad es otra vía: guía de cese de actividad.
Fuentes oficiales: LGSS, artículos 169 a 176 y 313 y siguientes · Seguridad Social: incapacidad temporal.