Guía laboral práctica
Impugnar un alta médica: identificar la vía correcta
No existe un único procedimiento para todas las altas. Cambian la vía, el plazo y los efectos según la duración del proceso, quién emitió el alta y si la contingencia es común o profesional. Antes de contar días debe leerse la resolución y la fecha de notificación.
Lo esencial antes de actuar
- Identificar emisor, contingencia y días de incapacidad temporal.
- Conservar resolución y prueba de notificación.
- Reunir historial médico o acreditar que se ha solicitado.
- Comprobar efectos sobre reincorporación y comunicación a la empresa.
Elige la vía antes de contar días
Comprueba la notificación completa. La siguiente tabla distingue tres vías frecuentes; una resolución sobre incapacidad permanente, una propuesta de alta o una decisión recaída en un procedimiento especial pueden seguir otras reglas.
El día de notificación no se cuenta. Los días hábiles administrativos y judiciales tienen calendarios distintos. La impugnación de altas médicas está entre las modalidades urgentes del artículo 43.4 LRJS; no traslades a ella las vacaciones judiciales de un procedimiento ordinario.
| Alta y situación | Trámite y plazo inicial | Efectos y siguiente paso |
|---|---|---|
| INSS, agotados 365 días, por curación, mejoría o incomparecencia injustificada | Disconformidad del art. 170.3 LGSS: cuatro días naturales siguientes a la notificación, por el formulario previsto ante la inspección médica del servicio público de salud; presentación también por los canales del RD 1430/2009. | Durante el intervalo legal se prorroga la IT. No son cuatro días hábiles. La demanda tiene veinte días hábiles judiciales desde los efectos plenos o la notificación del alta definitiva, según la vía; no se exige una reclamación previa adicional frente al alta INSS al agotar 365 días. |
| Mutua o empresa colaboradora, contingencia profesional, antes de agotar doce meses | Revisión especial ante INSS: diez días hábiles administrativos siguientes a la notificación. Aporta historial relacionado o copia de haberlo solicitado. | Iniciar esta revisión suspende los efectos del alta. Si se confirma, puede haber prestaciones indebidas desde la fecha fijada. La resolución puede producir efectos de reclamación previa: revisa su pie de recursos. |
| Otras altas sujetas a reclamación previa | Once días hábiles administrativos desde la notificación. La entidad dispone de siete días para contestar; demanda en veinte días hábiles judiciales desde denegación o silencio. | La mera reclamación no suspende normalmente el alta ni autoriza a faltar al trabajo. Primero verifica que no corresponde una de las vías especiales. |
Por qué importa quién firma el alta
Un alta de mutua por contingencia profesional antes de 365 días, un alta del servicio público y una decisión del INSS después de 365 días no siguen el mismo circuito. Aplicar el plazo de otra vía puede hacer perder la reclamación.
- Entidad emisora.
- Fecha de notificación.
- Contingencia común o profesional.
- Duración acumulada del proceso.
Documentación clínica y laboral
Informes actuales, limitaciones funcionales, puesto real y riesgos permiten explicar por qué la capacidad laboral no coincide con el alta. Deben minimizarse datos clínicos innecesarios en comunicaciones a la empresa.
Comunica el trámite y conserva la prueba
En las dos vías especiales del RD 1430/2009 comunica a la empresa su inicio el mismo día de presentación o el siguiente hábil. Conserva resolución, notificación, registro y comunicación. La empresa necesita conocer tu situación administrativa, no tu historia clínica completa.
Ejemplos: alta INSS tras 400 días: comprueba la vía de cuatro naturales. Alta de mutua por accidente profesional a los 90 días: revisa la vía de diez hábiles. Alta del servicio público a los 40 días: no uses automáticamente ninguno de esos dos formularios; comprueba la reclamación previa y la obligación de reincorporarte.
Cómo se ha elaborado esta guía
Es contenido informativo de alcance general, construido sobre fuentes oficiales y revisado editorialmente para detectar afirmaciones demasiado categóricas. No parte de tus documentos ni sustituye el análisis individual.
Calma puede ordenar tu caso y señalar datos pendientes. Una revisión profesional solo existe cuando el despacho acepta expresamente el asunto. Consulta también nuestras fuentes, metodología y límites.
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Impugnar el alta suspende siempre sus efectos?
No. Depende de la vía concreta; algunas revisiones tienen efectos especiales y otras no suspenden la reincorporación.
¿Se cuentan días naturales o hábiles?
Cuatro naturales en la disconformidad especial INSS; diez hábiles administrativos en la revisión especial de mutua; once hábiles administrativos para otras altas sujetas a reclamación previa. La tabla explica ámbito y efectos: no puedes elegir indistintamente.
¿Qué hago si no tengo todavía el historial?
Solicítalo inmediatamente y conserva prueba de la solicitud; no siempre conviene esperar para iniciar una vía urgente.