Guía laboral práctica

Vacaciones: cómo pedir fechas y qué hacer si las deniegan

Si no hay acuerdo sobre las vacaciones, comprueba primero si ya existe una fecha fijada: esa diferencia cambia el plazo para reclamar. Una solicitud a la empresa deja prueba, pero no equivale a una demanda ni autoriza por sí sola a ausentarte.

Responsable editorial Pérez & Burgos Abogados Actualizado el 21 de octubre de 2026

Lo esencial antes de actuar

  • Revisa convenio, calendario y cuándo conociste las fechas fijadas.
  • Pide fechas concretas y conserva la solicitud, su recepción y la respuesta.
  • No esperes indefinidamente otra carta si necesitas que el juzgado fije las fechas.
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Quién fija las fechas

En la relación laboral ordinaria, las fechas se acuerdan entre la empresa y la persona trabajadora, respetando la planificación prevista en el convenio. Revisa el calendario, los turnos y los criterios de preferencia aplicables. No hay una regla general que permita a cada parte elegir automáticamente la mitad.

Debes conocer las fechas que te corresponden con al menos dos meses de antelación. Esa regla no significa que todas las solicitudes deban presentarse con un preaviso legal único de dos meses. El convenio puede establecer un procedimiento de solicitud.

Pide fechas concretas y conserva la respuesta

Indica el inicio, el final y la fecha de reincorporación; comprueba el saldo y si tu convenio expresa el disfrute en días naturales o laborables. Propón una alternativa si te resulta posible y solicita confirmación escrita. El silencio no equivale por sí solo a autorización.

  • Calendario y convenio aplicable.
  • Solicitud, justificante de entrega y respuesta, si existe.
  • Fechas solicitadas, saldo y comunicaciones anteriores.

Si te las deniegan o no contestan

Pide una decisión expresa y conserva la negativa o la prueba de que no ha habido respuesta. El modelo de reclamación sirve para reiterar tu petición y documentarla: no es una demanda judicial ni suspende por sí solo el plazo. No te ausentes únicamente porque hayas enviado el escrito.

La vía judicial depende de si ya hay fecha fijada

  • Fecha ya fijada por convenio, acuerdo entre empresa y representantes o decisión empresarial: el artículo 125.a LRJS establece veinte días hábiles judiciales desde el conocimiento de esa fecha para presentar la demanda. No son veinte días naturales ni un plazo general desde cualquier negativa.
  • Sin fecha de disfrute señalada: la demanda debe presentarse al menos dos meses antes del comienzo que pretendes, conforme al artículo 125.b LRJS. Es una antelación de meses, no una cuenta de veinte días.

Para fijar fechas no se exige conciliación administrativa previa. Si la fecha está próxima, busca revisión sin esperar otra carta. La vía es urgente y preferente, pero eso no garantiza una fecha concreta de juicio ni que se concedan los días pedidos.

Si la empresa fija las fechas después de que hayas presentado la demanda, eso no detiene por sí solo el procedimiento. Si discutes la preferencia atribuida a otros trabajadores, también hay que dirigir la demanda contra ellos.

Cómo se cuentan los días del procedimiento

Hay que comprobar cuándo conociste la fecha y el calendario judicial del lugar. En esta vía de vacaciones, agosto y el periodo del 24 de diciembre al 6 de enero no se excluyen en bloque por el receso judicial: se siguen excluyendo los sábados, domingos y festivos aplicables, salvo habilitación específica.

Los días del procedimiento no se cuentan como los días naturales o laborables de tu saldo de vacaciones. Si lo discutido es el número de días, su pago o una baja médica, hay que revisar también cuál es la pretensión adecuada.

Cuándo conviene ayuda para reclamar las fechas

La revisión profesional es especialmente útil si la fecha está cerca, ya te han impuesto un periodo o hay preferencias de otras personas en juego. Lleva el calendario, el convenio, las solicitudes y la fecha en que conociste la decisión. Un abogado puede comprobar el plazo y preparar la demanda para las fechas que pretendes, sin confundirla con otra carta a la empresa.

Esta guía trata la fijación de fechas en una relación laboral ordinaria. La coincidencia con baja médica, el inicio en un descanso semanal y el pago tras extinguirse el contrato requieren su análisis específico.

Cómo se ha elaborado esta guía

Información general basada en fuentes oficiales y con revisión editorial. No analiza tus documentos ni sustituye una revisión profesional, que requiere la aceptación del despacho. Consulta nuestras fuentes, metodología y límites.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿La empresa puede elegir todas las fechas sin contar conmigo?

La regla ordinaria es el acuerdo, respetando la planificación del convenio. Si la empresa fija unas fechas que discutes, conserva cuándo las conociste y revisa la vía urgente para que las determine el juzgado.

¿Enviar el modelo de reclamación protege el plazo judicial?

No por sí solo. Es una comunicación a la empresa, no una demanda. La fecha fijada y la fecha en que la conociste deben comprobarse sin esperar a que termine un intercambio de cartas.

¿Dos meses significa que siempre debo pedir las vacaciones con ese preaviso?

No. El ET exige conocer las fechas con esa antelación, y la LRJS exige presentar la demanda al menos dos meses antes si todavía no hay fecha fijada. Revisa aparte el procedimiento de solicitud de tu convenio.

¿Puedo irme de vacaciones si la empresa no contesta?

El silencio no autoriza por sí solo a ausentarte. Conserva tu solicitud y comprueba si hay un acuerdo, calendario o regla aplicable. Si existe discrepancia, hay que resolver las fechas por la vía correspondiente.

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