Guía laboral práctica

Registro de jornada y horas extraordinarias

La empresa debe garantizar un registro diario que incluya el inicio y el final de la jornada de cada persona. El registro es una prueba importante, pero su existencia no resuelve por sí sola si hubo horas extraordinarias, disponibilidad o tiempo de trabajo.

Responsable editorial Pérez & Burgos Abogados Actualizado el 20 de septiembre de 2026

Lo esencial antes de actuar

  • Conservar cuadrantes, fichajes, correos y comunicaciones de trabajo.
  • Comparar jornada pactada, convenio y tiempo realmente trabajado.
  • Distinguir horas ordinarias, complementarias, extraordinarias y disponibilidad.
  • Revisar compensación, límites, descanso y plazo de reclamación salarial.

Qué debe permitir comprobar el registro

Debe reflejar diariamente el momento concreto de inicio y finalización, conservarse durante cuatro años y permanecer a disposición de la persona trabajadora, su representación y la Inspección. El sistema concreto puede organizarse mediante negociación colectiva, acuerdo de empresa o decisión empresarial con consulta.

  • Fichajes completos.
  • Cuadrantes y cambios.
  • Pausas y desplazamientos.
  • Trabajo realizado fuera del centro.

Horas extraordinarias

El límite general es de ochenta al año, pero no computan en ese máximo las compensadas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes ni las realizadas para prevenir o reparar determinados siniestros y daños extraordinarios. El convenio y el contrato pueden concretar compensación y voluntariedad.

Si no se pactó cómo compensarlas

El artículo 35.1 ET permite pactar pago o descanso. A falta de pacto, las horas extraordinarias se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes; si se pagan, su valor no puede ser inferior al de la hora ordinaria. Distingue estas horas de las complementarias a tiempo parcial y de los defectos de descanso.

Cuatro años de registros no son cuatro años de salarios

La conservación del registro durante cuatro años no amplía la prescripción salarial general: un año desde que cada importe pudo exigirse, con sus interrupciones. Reconstruye fecha, jornada pactada, inicio, final, pausas, horas efectivas, compensación y prueba.

Separa presencia, disponibilidad y trabajo real. Una conexión o correo aislado no acredita automáticamente toda una jornada extraordinaria. Evita reclamar a la vez pago y descanso por las mismas horas ya compensadas.

Cómo se ha elaborado esta guía

Es contenido informativo de alcance general, construido sobre fuentes oficiales y revisado editorialmente para detectar afirmaciones demasiado categóricas. No parte de tus documentos ni sustituye el análisis individual.

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Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿El registro tiene que ser necesariamente digital?

El artículo 34.9 exige un registro diario fiable, pero no establece por sí solo una obligación general de utilizar un formato digital concreto.

¿Todas las horas de más cuentan en el límite de ochenta?

No. Existen exclusiones legales, incluida la compensación con descanso dentro del periodo previsto.

¿Puedo reclamar solo con mensajes y correos?

Pueden ser indicios útiles. Conviene combinarlos con cuadrantes, fichajes, testigos y una reconstrucción concreta de días y horas.

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